El Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución N° 552-2013-JNE, declaró Infundado el recurso de apelación interpuesto por Herman Arístides Bueno Cabrera, y en consecuencia, Confirmar el acuerdo de Concejo Municipal que rechazó el pedido de vacancia presentado contra Ramiro Bardales Vigo, alcalde la provincia de Cajamarca.
Como se recuerda, en sesión extraordinaria de fecha 05 de febrero, el Concejo Municipal, acordó rechazar, por mayoría, con nueve votos a favor y cinco votos en contra la solicitud de vacancia presentada por el concejal Herman Bueno Cabrera.
30 días después, Bueno Cabrera, interpuso un recurso de apelación afirmando que el referido acuerdo no se encontraría arreglado a los hechos, ni al derecho.
Los argumentos presentados para lograr la vacancia del alcalde de Cajamarca se sustentaban bajo la apariencia de algunos cobros indebidos y subsidio por causa de fallecimiento y gastos de sepelio; acusación que fue desbaratada con contundencia, visto que, no existió cobro por escolaridad, pues no se presentó prueba alguna.
Respecto a los cobros “supuestamente” indebidos por fiestas patrias y navidad, la resolución tipifica que los alcaldes puede percibir un monto equivalente a su remuneración mensual, hecho que no sería causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), por lo que el recurso de apelación también fue desestimado.
Finalmente, se tiene que el recurrente, es decir, Herman Bueno Cabrera, hace mención al cobro por concepto de subsidios por causa de fallecimiento y gastos de sepelio, los mismos no fueron otorgados en virtud de convenios colectivos; sin embargo, el JNE no ha mencionado que dichos beneficios se encuentren comprendidos dentro del causal de declaratoria de vacancia.
Cabe resaltar que el órgano colegiado, considera importante que el alcalde Ramiro Bardales Vigo, con carta del 07 de diciembre del 2012, informa al jefe de tesorería de la municipalidad, tal como se hace constar con el comprobante de devolución de dinero, el depositó en la cuenta de la comuna cajamarquina el monto de 36 mil 400 nuevos soles, actuación que demuestra que Ramiro Bardales Vigo, no tuvo interés alguno en obtener, de manera no debida, los caudales municipales vía el cobro de los referidos subsidios, quedando, por tanto, desvirtuado que el referido alcalde haya superpuesto su interés particular al interés público municipal.