PLIEGO INTEPELATORIO QUE DEBERÁ ABSOLVER EL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACIÓN, CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO, ANTE EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA.
GENERALES
1. Para que responda: ¿Cuántas veces modificaron las normas sobre el procedimiento de licenciamiento durante todo el proceso y qué universidades se evaluaron de forma diferenciada cada vez que modificaban el modelo?
2. Para que responda: ¿Le parece legal modificar las normas del procedimiento de licenciamiento, trasgrediendo los principios de imparcialidad y predictibilidad o confianza legítima consagrado en el Título preliminar del TUO de la Ley 27444, Ley de Procedimiento administrativo general?.
3. Para que responda: En la sesión extraordinaria de la Comisión de Educación, Juventud y deporte de fecha 16 de junio de 2020, usted manifestó que existían dos regímenes de evaluación uno para las universidades con actividad académica y otro para aquellas que no la habían tenido. De las normativa de SUNEDU se aprecian que sólo existen diferencias en las condiciones básicas de calidad en lo que respecta a la condición II y a la disponibilidad de agua, luz, líneas telefónicas y el repositorio institucional. ¿A eso usted le denomina un régimen independiente?, o podría decirnos ¿en qué norma tiene regulados esos dos regímenes?.
4. Para que responda: ¿Para usted es constitucional que sólo un tipo de universidades sean beneficiadas con el D. S. 016-2019-MINEDU?
SOBRE UNIVERSIDAD PRIVADA PERUANO ALEMANA – UPAL
5. Para que responda: Si uno de los objetivos de la Ley Universitaria y el Licénciamiento era desaparecer esas universidades que compartían sus locales con colegios, chifas y hoteles; y las mismas Condiciones Básicas de Calidad refieren que, «los locales de otro nivel educativo han sido diseñados para estudiantes de otro grupo etario, por ende, tienen características específicas en cuanto a la dimensión de los ambientes, el equipamiento y el mobiliario», ¿cómo explica que la UPAL tenga que alquilar sus canchas deportivas al colegio ALEPH, de un nivel educativo diferente al universitario?
6. Para que responda: El indicador 17 de las Condiciones Básicas de Calidad señala que la universidad tiene locales y ambientes exclusivos para sus fines (aulas, bibliotecas, laboratorios, entre otros), es decir, existe independencia entre uno y otro, de acuerdo a sus fines, ¿Cómo es que le permiten que la UPAL pueda convertir sus laboratorios en aulas?
7. Para que responda: ¿En qué formato de licenciamiento, y de qué forma fueron registrados esos laboratorios?, pues los formatos para el licenciamiento no permiten esta opción.
8. Para que responda: ¿Cómo le permitieron ofertar 200 vacantes a la UPAL, si su aforo no permitía la cantidad de alumnos ingresantes por 2 años, que según refirió, es el período que evaluó SUNEDU?
9. Para que responda. En el único local académico de la UPAL, sólo el segundo piso está único dedicado a clases, con un aforo de 112 personas y 343 metros, si se resta área de circulación, servicios higiénicos, entre otros, quedarán 200 metros. Usted cree que se inició la reforma universitaria para licenciar universidades del tamaño de una casa?.
10. Para que responda. ¿Es suficiente esta infraestructura para la proyección de los alumnos?
11. Para que responda: La Universidad UPAL tiene una organización sui géneris, tal como lo permite la Ley Universitaria a las universidades privadas. Sin embargo, la misma Ley 30220, en su artículo 122 establece que: «Las autoridades que conforman los órganos de gobierno o las que hagan sus veces, reúnen los requisitos que exige la presente Ley». En ese contexto quienes hacen las veces de Directores de Escuela deben contar con grado académico de Doctor, conforme lo establece la misma Ley 30220. ¿Sabe que quienes hacen las veces de Directores de Escuela de la UPAL no cuentan con el Grado de Doctor?
12. Para que responda: ¿Cómo evaluaron la sostenibilidad y el servicio educativo de la UPAL si no está en funcionamiento?
13. Para que responda: De acuerdo a las CBC ustedes debieron analizar la pertinencia de las carreras profesionales y la vinculación de la oferta educativa con la demanda laboral y la oferta ya existente. ¿Cómo es que en un distrito donde ya estaba la UCSUR, la UPSJB, la UPC, la UNTELS y la Universidad Autónoma con infraestructura más que suficiente para cubrir toda la demanda de la zona, decidieron licenciar a una universidad con tres aulas?
14. Para que responda: ¿Le parece socialmente responsable que licencie a una Universidad sin alumnos y sin infraestructura para que ingresen 200 alumnos, mientras se quedan afueran 250 mil alumnos y más de 42 edificios que están mucho más implementados que la UPAL?
15. Para que responda: Conoce a los Directivos de UPAL, Lea Sullmont Haak y León Trahtemberg?
16. Para que responda: ¿Es cierto que actualmente, en su calidad de Ministro de Educación, su órgano asesor es el Consejo Nacional de Educación?
17. Para que responda: Es cierto que entre otros integrantes del Consejo Nacional de Educación se encuentran Lea Sullmont Haak, León Trahtemberg, Ramón Barúa y Fabiola León Velarde, desde antes del licenciamiento de la Universidad UCAL?
18. Para que responda: ¿Sabe que León Trahtemberg, además es Director del Colegio Áleph, que alquila sus espacios deportivos a la UCAL?
19. Para que responda: ¿No le parece que la imparcialidad en el licenciamiento de la UCAL está en tela de juicio debido a los vínculos entre los directivos de esta Universidad, el Consejo Nacional de Educación y miembro del Consejo Directivo de SUNEDU?
20. Para que responda: ¿Le parece correcto que los estudiantes del Colegio Áleph tengan que compartir sus instalaciones con una universidad? Usted ha declarado muchas veces que quiere mejorar la educación básica regular, ¿será de esta forma?
SOBRE UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PERÚ – UTP
21. Para que responda: De acuerdo a la Tabla 31 del Informe Técnico de Licenciamiento de la UTP, los locales de Piura, Chimbote, lea, Trujillo y Huancayo no tienen infraestructura para servicios deportivos. En la página 124 señalan que la infraestructura de servicios deportivos en Arequipa, Los Olivos y Ate es alquilada, pero de los otros locales no señala nada. ¿Cómo es posible entonces que se licencien locales sin infraestructura deportiva que es obligatoria para todas las sedes de acuerdo a las Condiciones Básicas de Calidad?
22. Para que responda: ¿Porque le entregaron licencias a filiales de la UTP que no contaban con licencia municipal?
23. Para que responda: En el caso de la UTP, la moratoria venció el 24 de diciembre del 2017 y ustedes como SUNEDU recién reglamentaron ese estadio ventana 6 meses después, el 28 de mayo con la Resolución N° 48-2018-SUNEDU y así permitieron que la UTP se pueda presentar con la normativa vigente, sin embargo, cuando este año se presenta la misma situación el 20 de abril, ustedes solo demoran 1 mes para reglamentar el estadio ventana y elevando los estándares de calidad. ¿Lo que sucedió el 2017-2018 no es acaso a la luz de los hechos un contubernio entre ustedes y el grupo INTERCORP?
24. Para que responda: Usted señaló en medios de prensa y en la Comisión de Educación que se le pidió a la UTP y a la UPAL los Proyectos de Inversión, la Proyección de las Inversiones y que esto se evalúa en el expediente; sin embargo, la Resolución N° 48-2018-SUNEDU/CD señala con total claridad que «todas las solicitudes de autorización de filiales son evaluadas en el procedimiento de licenciamiento institucional de la respectiva universidad, en el estado en que este se encuentre», por lo que evaluar proyecciones a futuro no era posible. ¿Por qué usted y su Consejo Directivo aprobaron algo que estaba contra la normativa de la SUNEDU?
25. Para que responda: Si la UTP tenía un riesgo de sostenibilidad en el año 2017 y se agrava el 2018, al punto de que su ratio de liquidez era de 0.68 y no podían cumplir con sus obligaciones de endeudamiento a corto plazo poniendo en riesgo la continuidad del servicio ¿Cómo es que la dejaron seguir endeudándose en la construcción de nuevas sedes? Incluso disminuyeron gravemente su disponibilidad en efectivo, afectando la caja y endeudándose. Estos indicadores, fueron motivo de observación negativa para el no licenciamiento de otras universidades.
SOBRE DESIGNACIONES
26. Para que responda. En la sesión extraordinaria de la Comisión de Educación, Juventud y deporte de fecha 16 de junio de 2020, usted manifestó que existía independencia de su Consejo Directivo, elegido por concurso público. ¿Tiene conocimiento que su último consejo directivo fue elegido por una misma comisión, integrada, entre otros por el Congresista Francisco Sagasti, del partido morado y que es miembro accesitario de la Comisión de Educación?. ¿Le parece que eso se puede traducir en independencia?
27. Para que responda. ¿Sabe usted que Fabiola León Velarde, Miembro del Consejo Directivo de SUNEDU, es esposa de Gino Costa, quien es compañero de bancada del congresista Francisco Sagasti; y concuñada de Ramón Barúa, quien fue CEO de INTERCORP, grupo al que pertenece la Universidad Tecnológica del Perú, que usted licenció?.
28. Para que responda: ¿Es correcto decir que el señor Francisco Sagasti, compañero de bancada del señor Gino Costa, esposo de Fabiola León Velarde, participó de la designación de los Consejeros de SUNEDU: Aurelio Ochoa, Víctor Peña Rodríguez, Waldo Mendoza Bellido, Hugo Víctor Rosales y Luis Huicho Oriundo, quienes aprobaron el licenciamiento de filiales sin infraestructura porque pertenecían al grupo INTERCORP?
29. Para que responda: ¿Tenía conocimiento que la UPAL le alquila la infraestructura al Colegio ALEPH cuyo Director Pedagógico es un miembro del Consejo Nacional de Educación que participó en su designación y que además es miembro del Consejo Académico de la UPAL?
30. Para que responda: ¿Es correcto decir que, de acuerdo a Ley, el Consejo Nacional de Educación tiene que validar la designación de los miembros del Consejo Directivo de SUNEDU? Y en esa línea ¿Es correcto decir que los señores León Trahtemberg y Lea Sulmont miembros del CNE participaron en estas validaciones siendo además miembros del Consejo Académico de la UPAL? ¿No le parece esto a usted un claro conflicto de Intereses y el posible pago de favores por la designación de los miembros?
31. Para que responda: ¿Es correcto decir que la Comisión que designa al actual superintendente de SUNEDU como miembro del directorio lo integraba la señora Fablola León Velarde, designada a su vez por el actual CEO de INTERCORP?
32. Para que responda: ¿Es correcto decir que la señora Fabiola León Velarde fue designada como Presidenta de CONCYTEC por el actual CEO de INTERCORP promotora de la UTP?
33. Para que responda: ¿Es correcto decir que la Comisión que lo designa a usted como miembro del consejo directivo de SUNEDU lo integraba la señora Fabiola León Velarde, designada a su vez por el actual CEO de INTERCORP?