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Actualidad

MTC amplió vigencia de brevetes hasta el 2022 y publica cronograma para revalidarlo

Redacción
Actualizado: 15 de diciembre de 2021 10:08 pm
Por Redacción
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5 min lectura

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó y publicó un cronograma para ampliar la vigencia de las licencias de conducir de la clase A (que permiten conducir autos particulares, taxis, cousters, ómnibus, camiones) de acuerdo a sus fechas de vencimiento. El cronograma señala también las fechas en las que los titulares de estos brevetes deben revalidarlos.

El MTC enfatiza que el conductor que no renueve su licencia en la fecha señalada en el cronograma no podrá utilizarla y ésta perderá su validez y será anulada. Así lo dispone la RD N° 39-2021-MTC/18 publicada en el diario oficial El Peruano.

El conductor que no renueve su licencia en la fecha señalada en el cronograma no podrá utilizarla y ésta perderá su validez y será anulada, subraya la resolución del MTC.

Las licencias de conducir de clase A categoría I (que habilitan el manejo de autos particulares: sedán coupé, station wagon, etc.) que tengan las fechas de vencimiento que se indican a continuación, son ampliados en su vigencia y deben ser revalidados, según el siguiente rol:

  • Licencias vencidas desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2020 tendrán vigencia hasta el 28 de febrero de 2022. Por lo tanto deben ser revalidadas hasta esa fecha pues luego pierden validez.
  • Las vencidas desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2020 tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2022. Deben ser revalidados hasta esa fecha.
  • Las vencidas desde el 1 de enero hasta el 30 de abril de 2021 tendrán vigencia hasta el 30 de abril de 2022. Deben ser revalidas hasta esa fecha.
  • Las vencidas desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto de 2021 tendrán vigencia hasta el 31 de mayo de 2022. Deben ser revalidadas hasta esa fecha.
  • Las vencidas desde el 1 de setiembre hasta el 31 de diciembre de 2021 tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2022. Deben ser revalidadas hasta esa fecha.
  • Las vencidas desde el 1 de enero hasta el 29 de junio de 2022 tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2022. Deben ser revalidadas hasta esa fecha.

Las licencias de conducir de la clase A categorías II-a, II-b, III-a, III-b y III-c (taxi, cousters, ómnibus, camiones) que registren las fechas de vencimiento que se indican a continuación, son ampliados en su vigencia y deben ser revalidados, según lo siguiente:

  • Licencias vencidas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020 tendrán vigencia hasta el 31 de mayo de 2022. Deben ser revalidadas hasta esa fecha.
  • Licencias vencidas desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2021 tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2022. Deben ser revalidadas hasta esa fecha.
  • Licencias vencidas desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2021 tendrán vigencia hasta el 31 de julio de 2022. Deben ser revalidadas hasta esa fecha.
  • Licencias vencidas desde el 1 de enero hasta el 30 de julio de 2022 tendrán vigencia hasta el 31 de julio de 2022. Deben ser revalidadas hasta esa fecha.
ampliación de vigencia de licencia de brevetes
Ampliación de vigencia de licencia de brevetes

Materiales peligrosos

Asimismo, la norma dispone ampliar hasta el 30 de junio de 2022 el plazo de vigencia de las autorizaciones especiales para el transporte de materiales y residuos peligrosos que vencieron desde el 1 de enero de 2020 hasta el 29 de junio de 2022.

Estas medidas tienen como objetivo cubrir la demanda de atenciones de manera ordenada y sin aglomeraciones que pongan en riesgo la salud de los usuarios.

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