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Perú

SUNEDU otorga licencia institucional a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión

Redacción
Actualizado: 28 de enero de 2020 10:21 am
Por Redacción
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7 min lectura

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, cuya sede se ubica en la ciudad de Huacho, provincia de Huaura, región Lima.

La medida, que tendrá una vigencia de seis años, fue oficializada hoy mediante la Resolución del Consejo Directivo de la Sunedu Nº 012-2020-SUNEDU/CD publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En la norma la Sunedu reconoce que la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión cuenta con 81 programas de estudios: 38 conducentes al grado de bachiller y título profesional, 33 conducentes al grado académico de maestro, 7 conducentes al grado de doctor, y 3 conducentes a título de segunda especialidad.

Reconoce, asimismo, el cambio de denominación de ocho programas de estudios, de los cuales siete son programas de pregrado y un programa de maestría.

También acepta el desistimiento de la oferta académica de siete programas de estudio declarados con fines de registro de grado y título, por lo que serán comunicados a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos (Digrat).
La Sunedu acepta, además, el desistimiento de la filial ubicada en el distrito y provincia de Huancané, departamento de Puno.

Requerimientos

1. Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-II, 2021-I y 2022-I, los resultados del Plan de Gestión de la Calidad y de su Plan Estratégico Institucional en la mejora de los procesos académicos y administrativos, en cumplimiento de los objetivos estratégicos considerados en su propia planificación.

2. Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al término de los semestres académicos 2020-I, 2020-II, 2021-I, 2021-II, 2022-I y 2022-II, los resultados de la evaluación del desempeño docente y de la evaluación para la contratación, promoción, ratificación de sus docentes, con énfasis en el orden meritocrático, publicaciones, tesis asesoradas, y actualizaciones y/o capacitaciones.

3. Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al término de los semestres académicos 2020-II, 2021-II, 2022-II, los resultados de los convenios para intercambio y movilidad docente y el incremento en el número de capacitaciones a sus docentes respecto del semestre anterior.

4. Presentar, a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021-I, 2022-I y 2023-I, según corresponda, los resultados de la ejecución de los Proyectos de Inversión priorizados en su Programación Multianual de Inversiones (PMI) 2020 a 2022.

5. Presentar, a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021-I y 2022-I, los resultados de las actividades ejecutadas de los planes de mantenimiento respectivos, en los que deberán indicar el detalle de las partidas (estructuras, acabados, instalaciones sanitarias, eléctricas, limpieza, entre otros) precisando las edifi caciones en donde se encuentren, y el presupuesto ejecutado.

6. Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los períodos académicos 2020-II, 2021-I, 2021-II y 2022-I las acciones realizadas y los resultados obtenidos para la incorporación e incremento de investigadores calificados, la organización y consolidación de sus institutos de investigación, grupos de investigación, el aumento de publicaciones, ponencias y tesis, movilidad docente, pasantías de investigación, así como de los convenios interinstitucionales y mecanismos de incentivos a favor de la investigación.

7. Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los períodos académicos 2020-II, 2021-I, 2021-II y 2022-I, un informe que contenga las acciones realizadas y los resultados obtenidos para el fortalecimiento de sus programas de doctorado. Considerando incrementar la cantidad de docentes, con grado de doctor, que cuenten con publicaciones de impacto. Ello a partir de la participación de los docentes del Registro Nacional de Ciencia, Tecnología y de Innovación Tecnológica (Renacyt) en el doctorado, así como el desarrollo de mecanismos de adjudicación de fondos para el fi nanciamiento de proyectos de investigación que involucren a docentes y alumnos en dichos programas.

8. Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021-I y 2022-I, los resultados del plan de seguimiento del egresado y los mecanismos para la inserción laboral, reformulado a partir del diagnóstico de la situación laboral de los egresados. También las acciones destinadas al fortalecimiento del área de seguimiento al egresado.

Recomendaciones

1. Coordinar con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas la ampliación de las plazas de nombramiento y promoción de docentes ordinarios, para la óptima conformación del cuerpo docente de la institución. Asimismo, la adecuación de la totalidad de los contratos docentes a lo consignado en el Decreto Supremo Nº 418-2017-EF.

2. Aprobar el “Reglamento de Certificación Progresiva” y culminar la implementación del mismo, tomando en consideración el cronograma de certificación modular remitido a la Sunedu, con el fi n de facilitar la incorporación de los estudiantes al mercado laboral.

3. Implementar el gobierno electrónico como un compromiso para mejorar las relaciones entre los miembros de la comunidad universitaria a través de un intercambio eficaz y eficiente de servicios, información y conocimiento a partir de tecnologías de la información y comunicación (TIC).

4. Implementar mecanismos y estrategias para el incremento de docentes investigadores en el marco del Reglamento de Calificación, Clasificación y Registro de los Investigadores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Reglamento Renacyt).

5. Promover las publicaciones en revistas indexadas de alto impacto en base de datos a nivel internacional.

Por último, la Sunedu establece que el otorgamiento de la presente licencia institucional no exime a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión de cumplir con las Condiciones Básicas de Calidad específicas por programa.

Con información de Andina

Etiquetado:Sunedu
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