El Poder Judicial impuso la máxima pena a David Roger Espinoza Paredes tras un juicio célere que duró menos de un mes. El condenado había fugado a Chile y fue extraditado para enfrentar la justicia.
CAJAMARCA – En un fallo unánime y contundente, el Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca condenó a cadena perpetua a David Roger Espinoza Paredes, hallado culpable de delitos de violencia sexual en agravio de dos hermanos varones menores de edad.
La sentencia se dictó tras un proceso judicial ágil que contó con diez sesiones de audiencia iniciadas el pasado 7 de enero. Los magistrados determinaron que existe suficiencia probatoria para acreditar que el acusado ultrajó a los menores en múltiples ocasiones entre agosto, noviembre y diciembre de 2024, así como en febrero de 2025. Los hechos ocurrieron en el centro poblado Huanico y el caserío Campo Alegre (distrito de Namora), así como en la ciudad de Cajamarca.
Pruebas contundentes
El Ministerio Público, representado por el fiscal Luis Lingán Cabrera, presentó un caso sólido. La acusación se sustentó en los testimonios de los dos menores agraviados, los cuales fueron corroborados por evaluaciones médicas y declaraciones de sus padres y testigos que observaron el comportamiento del acusado hacia las víctimas.
Un elemento clave fue el peritaje psicológico: la especialista descartó que los menores hubieran sido manipulados o influenciados por terceros para fabricar las acusaciones, validando la veracidad de sus relatos sobre las violaciones y tocamientos indebidos.
Intento de fuga y defensa fallida
El camino hacia la justicia enfrentó obstáculos. Tras conocerse la denuncia, Espinoza Paredes huyó del país, primero hacia Argentina y posteriormente a Chile. Fue necesaria la intervención de Interpol para su captura y posterior extradición al Perú, requisito indispensable para el inicio de su juzgamiento.
Durante el juicio, la defensa intentó desestimar los cargos alegando un supuesto interés económico de la madre de los menores y sugiriendo contradictoriamente que otra persona podría ser el autor de los delitos. Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos al considerarlos meras conjeturas sin sustento probatorio. Cabe destacar que, pese a la renuncia inicial del abogado defensor días antes del juicio, la audiencia no se frustró gracias a la intervención inmediata de la Defensa Pública, aunque el abogado particular retomó el caso desde la segunda sesión.
Reparación civil
Además de la pena privativa de la libertad de por vida, el fallo ordena el pago de 50,000 soles por concepto de reparación civil a favor de los agraviados. Asimismo, el tribunal dispuso tratamiento terapéutico obligatorio para los dos hermanos víctimas, con el fin de asistir en su recuperación emocional tras los graves hechos vividos.
