Normativa facilita procedimiento de donación de bienes que estén operativos
A partir de la fecha, las instituciones educativas de las regiones de extrema pobreza pueden solicitar a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), la donación de bienes excedentes de las instituciones públicas, en el marco de la recientemente aprobada Ley 30909, de autoría del congresista Osias Ramírez Gamarra.
El congresista explicó que la Ley autoriza la asignación bienes dados de baja por encontrarse en estado de excedencia. Es decir, solamente se pueden donar bienes operativos que no son utilizados por las entidades públicas propietarias.
Se permite así que las instituciones públicas dispongan técnicamente de bienes útiles a favor de las instituciones educativas estatales. No se podrá donar bienes dados de baja por obsolescencia técnica, destrucción accidental o chatarra.
El parlamentario destacó además que antes de la ley 30909, el procedimiento de donación resultaba engorroso ya que no permitía la participación oportuna de las instituciones educativas estatales en zonas de extrema pobreza. La decisión la tomaba la UGEL de la jurisdicción.
La norma aprobada define un mecanismo de comunicación eficaz para agilizar la donación. Ahora, los centros educativos pueden acceder directamente al portal institucional de la SNB y solicitar la donación de aquellos bienes muebles operativos que se encuentran a disposición para donación, puntualizó Ramírez.
Destacó que otro aspecto favorable que establece esta ley es que el gasto que se genere por el traslado de los bienes donados a favor de las instituciones educativas de extrema pobreza será asumido por la entidad pública donante.
La ley aprobada nació como una respuesta a la situación del sector Educación tras el Fenómeno El Niño Costero, que solo en la Región Cajamarca dejó 354 escuelas destruidas e inhabitables, y 3266 colegios afectados, según datos del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).