JUZGADO PENAL COLEGIADO VALORA INDICIOS DE VIOLACIÓN PARA DARLE VOZ A UN NIÑO DE CUATRO AÑOS
El pasado jueves 14 de marzo de 2019, Segundo Antenor Campos Julón (63) aprovechó que su hija, madre del niño agraviado, salió a atender a sus vacas, que luego su hija menor de edad y su primo se irían a la escuela y que así, dejarían solo al niño en su casa, dormido, para desplazarse desde su casa a la del niño, pues ambas viviendas son de propiedad de Segundo Antenor Campos Julón y se ubican en el mismo terreno de este, cercanas a 50 metros, en el C.P.M de Chugur del Distrito de Anguia. Ante su nieto dormido, el acusado le golpeó el muslo izquierdo con una penca y le introdujo por el ano «algo duro, como palo de escoba», causándole tres extensos desgarros que le produjeron una hemorragia incontenible y que tuvieron que ser cosidos para salvarle la vida al niño de cuatro años. Su madre le llevó a tres centros médicos y mencionó que el niño estuvo con el acusado, su abuelo.
Al día siguiente, ante la médica legista, el niño no quería hablar estando acompañado de su madre. A solas con la médica, el niño mencionó que «su papito» le había hecho ese daño en su potito. Sin embargo, ya cuando la Fiscalía, a través de su psicóloga, entrevistó el niño, estando él acompañado siempre de su madre, ya no dijo quién le agravió. Solo escondía la cabeza entre sus brazos y gruñía cuando se le hacían preguntas. La psicóloga consideró que el niño ha sido manipulado para callar.
Desde los nueve meses de edad y hasta sus cuatro años, el niño no vive con su padre biológico, sino, con su madre en la casa de su abuelo, junto con sus tías, primos adolescentes y su abuela. No hay ningún otro adulto que sea padre y abuelo en el círculo familiar del niño.
Durante el juicio, la madre del niño dijo que este le dice «papito» a su padre biológico y no llama así a su abuelo, el acusado. La tía del niño dijo que el primo de 16 años del niño agraviado, se quedó 12 minutos con él. Esto también lo dijo el tío del niño.
En casos de violación sexual, a partir de una propuesta de la Corte Suprema, desde 2005 se exige que cuando la persona agraviada dice quién le ha violado, se debe verificar que su versión no esté motivada por odio o resentimiento, que sea creíble y que se haya mantenido firme en el tiempo. Los abogados de Segundo Antenor Campos Julón solicitaron que se libere al acusado porque el niño no ha dicho que él le haya violado. En su sentencia, sin embargo, los jueces han expuesto pormenorizadamente por qué en este caso no se puede exigir al niño que diga quién le ha violado. Los jueces consideran que en este caso sí concurren indicios probados que, evaluados conjuntamente, suplen la declaración del niño para saber quién le causó las lesiones propias de violación sexual que presentó y, además, para excluir a cualquier otra persona como posible responsable. Haciendo uso de una tabla, los jueces han expuesto cada uno de estos indicios, cómo han sido probados, cuál es la inferencia lógica que aplican, cómo se justifica la inferencia lógica, ya sea por máximas de la experiencia y/o lógica y, finalmente, qué hecho nuevo consideran probado después de realizar este razonamiento, por cada indicio. Este es un nuevo criterio jurisdiccional que el Ministerio Público podrá estudiar y considerar para hechos similares .
Haciendo esto, los jueces se han dado cuenta, además, que los testigos (madre y tíos del niño) han coordinado sus testimonios para insinuar la posibilidad de que un primo del niño, un adolescente de 16 años, sea el autor de esta violación. Por eso, anticipando que la apelación de la sentencia incluirá esta posibilidad para sorprender a los jueces de la Sala Penal de Apelaciones (quienes revisarán la sentencia), los jueces del Juzgado Penal Colegiado Permanente han explicado por qué ese menor de edad no puede ser el autor de la violación sexual.
En conclusión, los indicios probados le han dado voz a un niño de cuatro años, manipulado por su madre para no acusar a su abuelo por haberlo violado, dado que este les brinda una de sus casas contiguas como vivienda. Con ello, unánimemente los jueces han condenado a Segundo Antenor Campos Julón a la pena de cadena perpetua y al pago de veinte mil soles por reparación civil.
Mario Abanto Quevedo (director de debate), Enver Ramos Tenorio y Jaime Marín Llico.
Con información del Ministerio Público