Los restos de los cabecillas terroristas sentenciados que fallezcan durante el cumplimiento de su condena, serán cremados y sus cenizas esparcidas en un lugar que se mantendrá en reserva, según lo establecido en un dictamen aprobado el jueves por el pleno del Congreso de la República.
La iniciativa recibió, en primera votación, la aprobación de 70 parlamentarios, mientras que otros 32 se manifestaron en contra y 14 se abstuvieron.
Luego, se votó para exonerar al dictamen de una segunda votación reglamentaria, aprobándose dicho pedido con 81 votos a favor, 37 en contra y una abstención.
La autógrafa se enviará al presidente Pedro Castillo Terrones para su promulgación.
Gladys Echaíz (APP), presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso, sustentó el dictamen, elaborado sobre la base de un proyecto de ley suyo y de otro, remitido por el Ministerio Público. La parlamentaria señaló que el objetivo de esta iniciativa es evitar alteraciones del orden público y amenazas a la seguridad nacional derivadas del deceso de los cabecillas de las organizaciones terroristas.
La iniciativa contempla añadir al artículo 112 de la Ley General de Salud (Ley 26842) que el fiscal competente podrá disponer la cremación del sentenciado fallecido “en decisión motivada e inimpugnable” cuando la entrega del cuerpo, su traslado, sepelio o inhumación “ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno”.
La incineración se realizará previa necropsia. Además, se indica que la autoridad sanitaria correspondiente, en coordinación con los ministerios de Justicia y del Interior, dispondrán que esta se realice en un plazo máximo de 24 horas.
El Ministerio de Justicia dispondrá, en coordinación con el Ministerio del Interior, que los restos cremados sean dispersados “en tiempo y lugar de naturaleza reservada”.