SENASA aclaró que el Perú no importará hojas o algún producto procesado de la planta de eucalipto. El material que se importará será para uso exclusivo de siembra.
Aquí el comunicado
Respecto a las dudas generadas a raíz de la publicación de la Resolución Directoral Nº 0008-2020-MINAGRI-SENASA-DSV, que establece requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de plantas de eucalipto de origen y procedencia de Brasil, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA comunica lo siguiente:
- Los requisitos establecidos rigen para material vegetativo, específicamente esquejes enraizados, NO PARA HOJAS DE EUCALIPTO o algún producto procesado de esta planta. EL MATERIAL QUE SE IMPORTARÁ ES EXCLUSIVO PARA SIEMBRA Y MEJORA DE LAS VARIEDADES GENÉTICAS DEL EUCALIPTO.
- El trámite para esta normativa se inició a solicitud de productores peruanos el 2018, y luego de cumplir con los procedimientos, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Eucalyptus urograndis a través de la Resolución Directoral 0023-2019-MINAGRI-SENASA-DSV, que fue publicada en diciembre del 2019. La resolución del presente año extiende los requisitos fitosanitarios al género Eucalyptus.
- EL GOBIERNO DEL PERÚ NO IMPORTARÁ EUCALIPTO DE BRASIL, la resolución establece requisitos para cualquier productor, empresa, organización o asociación que esté interesado en realizar la importación de este material vegetativo.